Connect with us

Hi, what are you looking for?

Tradición VivaTradición Viva

Actualidad

Civio lleva al Supremo la negativa del Tribunal de Cuentas a identificar a su personal eventual

Hace unos meses, desde Civio pidieron al Tribunal de Cuentas mediante una solicitud de información que identificase quiénes conforman su personal eventual, es decir, las personas de confianza y asesores especiales que trabajan para este órgano fiscalizador y cuyos nombramientos son discrecionales –a dedo–, sin necesidad de superar un concurso de méritos.

Si existe transparencia en los nombramientos del personal funcionario y laboral, desde su concurso de méritos hasta su nombramiento, ¿por qué no con los cargos de confianza y asesores especiales que son nombrados discrecionalmente? No solo se trata de una cuestión de transparencia formal, sino también de poder comprobar si están cualificados para ejercer su función o si se están beneficiando de una vía de acceso rápida a un trabajo en el sector público que es legal pero, hoy por hoy, más opaca.

El Tribunal de Cuentas ha optado, no obstante, por la opacidad. Usando una interpretación restrictiva de los criterios del Consejo de Transparencia, este órgano constitucional mantiene en la oscuridad al menos a 29 cargos. Y lo hace argumentando que esos nombramientos de confianza están realizando tareas reservadas a auxiliares administrativos y que, por eso, prevalece la protección de sus datos personales y no el interés público en conocer quiénes son. Esa derivación del personal eventual a tareas administrativas vulnera la propia Ley de Funcionamiento del Tribunal de Cuentas.

Además de informar públicamente sobre esta irregularidad, CIVIO ha interpuesto un contencioso-administrativo contra la decisión del Tribunal de Cuentas de mantener en la oscuridad quiénes son sus nombramientos de confianza, y han llevado el caso al Supremo. La Ley de Transparencia establece que, ante una disconformidad con las resoluciones de los órganos constitucionales, como es el caso del Tribunal de Cuentas, solo cabe presentar un recurso contencioso-administrativo. Y, por la propia naturaleza del fiscalizador, este debe presentarse ante el más alto tribunal.

Written By

TradicionViva.es un espacio de resistencia civil que pretende crear estados de opinión, análisis y debate en donde las imposiciones políticas no existen.

Boletín Gratuito

Reciba gratuitamente en tu correo la selección de artículos del editor.
Advertisement

DESTACADOS

El nuevo orden mundial (NOM)

Historia del carlismo

Advertisement

Actualidad

El próximo sábado 23 de septiembre tenemos una cita importante con la transpariencia y la verdad.  Y es que la Asociación Plataforma Elecciones Transparentes...

Actualidad

"Hay algo fundamentalmente erróneo en la personas en las organizaciones, gobiernos e instituciones internacionales cuando persiguen la legalización, la aceptación del sexo con niños,...

Opinión

Queremos que todos nuestros seguidores sepan que nuestro querido y admirado colaborador, D. Ramiro Grau Morancho, ha vuelto a ganarle el pulso al penoso José...

Actualidad

Un juzgado respalda los artículos que cuestionaban las adjudicaciones 'a dedo' a Soluciones de Gestión y destaca el vínculo de su dueño con el...

Advertisement

Copyright © 2024. Creado por la Asociación Editorial Tradicionalista - redaccion@tradicionviva.es Revista de historia, actualidad y análisis tradicionalista. Editada en Madrid (Spain). Fundación: 2010. - ISSN 2253-8569 - Director: Carlos Pérez- Roldán Suanzes. Director honorario: Jose Antonio Pérez- Roldán y Rojas. TradicionViva.es un espacio de resistencia civil que pretende crear estados de opinión, análisis y debate en donde las imposiciones políticas no existen. Garantizar esta libertad de pensamiento depende de ti, querido lector. Por ello te pedimos que difundas nuestra publicación, y colabores remitiéndonos artículos y estudios que no tienen cabida en otros medios de comunicación.