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La Asociación Europea de Abogados de Familia presenta su informe al Anteproyecto de Ley Orgánica Frente a la Violencia contra la Infancia.

Tras la apertura del periodo de consulta pública al Anteproyecto de Ley Orgánica de Protección Integral frente a la Violencia contra la Infancia, la Asociación Europea de Abogados de Familia presenta un informe solicitando que la futura ley defienda la Custodia Compartida como mejor medida para la protección de los menores tras los procesos de ruptura de pareja, y reconozca el derecho de los menores al libre desarrollo físico, mental y moral sin injerencias del poder político, eliminando de los planes de estudios y de las políticas oficiales cualquier imposición de la llamada “ideología de género”.


Dado el fundado interés de la Asociación Europea de Abogados de Familia en la protección integral de los menores frente a cualquier tipo de violencia, y de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la Asociación, en defensa de los intereses de los menores, ha presentado ante el Ministerio de Sanidad, Consumo y Bienestar Social un informe en el periodo de consulta pública para la elaboración del Anteproyecto de Ley Orgánica de Protección Integral frente a la Violencia contra la Infancia.

En su informe la Asociación Europea de Abogados de Familia solicita que la futura legislación preste especial atención a un tipo de violencia contra la infancia que suele pasar desapercibida: la violencia institucional contra la infancia.

La Asociación Europea de Abogados de Familia recuerda que existe la obligación de los poderes públicos de abstenerse de desarrollar, propiciar, o incentivar actuaciones y políticas públicas que puedan suponer un perjuicio para la infancia, existiendo igualmente la obligación por parte de los poderes públicos de abstenerse de practicar cualquier tipo de violencia contra la infancia, o desarrollar políticas de agresión a la libertad de las familias en la educación de los menores, siendo una realidad incuestionable que los poderes públicos llevan años abdicando de su obligación en la protección del derecho a la vida y la integridad física y moral de los menores, mediante desarrollos legislativos que atacan la integridad moral y física de los menores (hipersexualización de la infancia y adoctrinamiento educativo),  atacan el libre desarrollo y el mantenimiento de las relaciones familiares en los supuestos de rupturas matrimoniales o de pareja, poniendo trabas al libre ejercicio de la patria potestad, o impidiendo la relación entre los menores y sus progenitores (impidiendo la custodia compartida),  o fomentando, mediante la pasividad de los poderes públicos, el tráfico de menores (vientres de alquiler).

La dilatada experiencia de la Asociación Europea de Abogados de Familia en derecho de familia, y protección de los menores, le permite presentar este breve informe solicitando a nuestros legisladores la toma en consideración de nuevas perspectivas para abordar el problema de la violencia contra los menores.

La necesidad imperiosa de abordar la violencia contra la infancia desde perspectivas técnico-jurídicas alejadas de cualquier influencia ideológica que permita configurar una norma desde el principio de neutralidad ideológicaque ha de inspirar cualquier norma jurídica que pretende contar con el necesario apoyo social, ha motivado que la Asociación Europea de Abogados de Familia quiera compartir su larga experiencia en el proceso de Consulta Pública abierto por el Ministerio de Sanidad, Consumo y Bienestar Social, defendiendo el principio de “mínima intervención pública” en las relaciones familiares.

En este sentido cabe citar que  en las Observaciones finales del Comité de los Derechos del Niño de Naciones Unidas sobre los informes periódicos quinto y sexto combinados de España, ya se resalta la violencia ejercitada por los poderes públicos, al manifestar el referido Comité que “el Comité está seriamente preocupado por:  a) El elevado número de niños atendidos en centros de acogida y el hecho de que, en la práctica, este tipo de atención es la opción principal utilizada como medida inicial;  b) La insuficiencia de recursos, que tiene como consecuencia demoras en la asunción de la tutela por el Estado y las deficiencias de las instalaciones y el hacinamiento en algunos centros de acogida;  c) Los casos de malos tratos y de trato degradante de niños atendidos en centros de acogida, incluso denuncias de reclusión en condiciones de aislamiento, diagnósticos médicos erróneos y tratamiento médico incorrecto, además de la falta de sistemas de vigilancia y denuncia centrados en los niños y de mecanismos de queja a disposición de estos;  d) El apoyo insuficiente a los niños en su transición de la infancia a la edad adulta”

Desde una perspectiva apoyada en la realidad de los hechos y en la realidad social, es fácil concluir que actualmente los poderes públicos son responsables de dos tipos de violencia contra la infancia que la Asociación Europea de Abogados de Familia teme pasen desapercibidas en el Anteproyecto de Ley Orgánica de protección integral frente a la violencia contra la infancia, a saber:

–              El maltrato institucional caracterizado por la falta de apoyo a las familias y parejas en fase de ruptura, y la falta de apoyo institucional a la corresponsabilidad parental tras la ruptura matrimonial o de pareja (custodia compartida).

–              El maltrato institucional caracterizado por políticas educativas que impiden al menor el tránsito natural por el periodo de infancia y pubertad, provocando una hipersexualización de la infancia que desemboca en violencia y trivialización de las relaciones de pareja, y que suponen una ilegítima intromisión de los poderes públicos en la libertad individual y familiar de los menores, a través de la manipulación ideológica de la infancia, en un momento de sus vidas en que se encuentran indefensos ante cualquier tipo de ideologización estatal.

Puede leer:  Vídeo de la I Marcha por los Derechos de los Niños

Por todo ello en el informe presentado ante el Ministerio de Sanidad, Consumo y Bienestar Social la Asociación Europea de Abogados de Familia aboga por:

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A)              La creación de un Instituto de Mediación Familiar para la Protección de los Menores, que interceda en los procesos de separación y divorcio (cuando existen menores afectados), con el fin de tratar de evitar la consumación de la separación y divorcio, creando espacios de diálogos en los que los padres puedan solucionar la crisis matrimonial o de pareja de forma satisfactoria.

B)              El incentivo de la custodia compartida en los casos de ruptura matrimonial o de pareja, dado que la realidad demuestra que el régimen de custodia compartida tras la separación o divorcio, es decir la corresponsabilidad parental tras la ruptura de la pareja, es la decisión más beneficiosa para la protección de menor, por cuanto evita la orfandad legal de los menores, y evita la creación de vacíos parentales que pueden ser causas de desprotección de los menores que faciliten la comisión de violencia frente a los mismos, violencia ejercitada ya sea por el otro progenitor, por las instituciones, o por el propio entorno del menor, que aprovechando el desamparo, la frustración y el complejo de culpabilidad del menor, realicen hechos que pueden ser catalogados como violencia infantil (ya sea física o emocional).

C) La eliminación del maltrato institucional caracterizado por políticas educativas que impiden al menor el tránsito natural por el periodo de infancia y pubertad.

Actualmente en España los niños y las familias están expuestos a una violencia institucional caracterizada por la intromisión de los poderes públicos en la vida familiar mediante la ideologización de la infancia, sin respeto alguno a la libertad educativa de los padres, y al libre desarrollo psíquico, intelectual y moral de los menores. Dicha intromisión viene caracterizada por planes educativos que, lejos de la neutralidad ideológica a la que deberían tender, pretenden ideologizar a los menores, violentando el libre desarrollo emocional de los mismos.

No deja de ser significativo que según avanza la imposición de la ideología de género en los colegios e institutos se disparan las cifras de abusos sexuales entre menores; así en su último informa la Fiscalía General del Estado ha advertido de un importante aumento de los abusos sexuales cometidos por menores en 2017, recogiéndose que en 2017 se cometieron 1389 delitos contra la libertad sexual cometidos por menores. Sin duda alguna este aumento de delitos de naturaleza sexual y violenta se debe a la promoción por parte de los Instituciones Públicas (mediante los actuales planes de estudios, y múltiples campañas publicitarias) de estereotipos injustificados en los que se trata de ideologizar a los menores convenciéndoles del estereotipo del varón violento que tiene que demostrar su virilidad a través del abuso y la violencia.

Igualmente, los poderes públicos están incentivando, mediante una educación sexual descontextualizada a la edad de los menores, las relaciones sexuales precoces, que no sólo suponen un riesgo para su salud física, sino que ante todo son un riesgo para su salud mental, al distorsionar los tiempos necesarios para la maduración personal, siendo este incentivo de la sexualidad un caso extremo de violencia institucional contra la infancia. Por todo ello cualquier anteproyecto de Ley Orgánica de Protección Integral Frente a la Violencia contra la Infancia tiene que tener como objetivo la prevención de la violencia institucional, evitando que los planes de estudios y las políticas legislativas conviertan a los menores en víctimas de la ideología, y transmitan visiones distorsionadas de la realidad que fomenten entre la infancia actitudes violentas, y sentimientos de frustración y fracaso.

Por todo ello en el informe presentado por la Asociación Europea de Abogados de Familia se solicita que el Anteproyecto de Ley Orgánica recoja expresamente:

– El derecho de la infancia al libre desarrollo físico, mental y moral sin injerencias del poder político, ni de las administraciones.

– El derecho de los padres a la libertad educativa de sus hijos, dotando a las familias de instrumentos legales para defender el principio de la “mínima intervención pública” y el principio de la libertad educativa.

– Reconozca a los Centros Educativos la libertad de enseñanza, dotándoles a los mismos de instrumentos legales para evitar el adoctrinamiento político e ideológico de los profesores y los alumnos.

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Recursos informativos:

–          Informe presentado ante el Ministerio de Sanidad por la Asociación Europea de Abogados de familia (pulse aquí).

–          Apertura del periodo de consulta pública al Anteproyecto de Ley Orgánica de Protección Integral frente a la Violencia contra la Infancia por parte del Ministerio de Educación, Consumo y Bienestar Social (pulse aquí).

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