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Nuevo tratado de Naciones Unidas podría colocar a la ideología de género dentro del derecho internacional.

La nueva definición abriría la puerta a más de una centena de “géneros” en el marco de una ley de carácter obligatorio.

En un nuevo tratado, la Asamblea General podría desechar del derecho internacional la definición actual de género como “masculino y femenino”, para en cambio ratificar una definición de género como “socialmente moldeado”. La nueva definición abriría la puerta a más de una centena de “géneros” en el marco de una ley de carácter obligatorio.

La Comisión de Derecho Internacional ha solicitado a la Asamblea General desechar del derecho internacional la definición legal de género como “los dos sexos, masculino y femenino, dentro del contexto de la sociedad.” Esta definición tan reñida fue definida así en el Estatuto de Roma, que fue punto de partida para la creación de la Corte Penal Internacional y excluye cualquier otro “significado diferente al anterior”.

De orientación izquierdista, dicha comisión propuso el cambio en un tratado sobre el enjuiciamiento de crímenes de lesa humanidad a ser revisado a fines de este mes por expertos legales de la Asamblea General.

Al efectuar esta recomendación, la comisión cita “varios avances en legislatura internacional de derechos humanos y en derecho penal internacional.” A modo de evidencia, la comisión enumera las opiniones no vinculantes de organismos de derechos humanos y de otras entidades de derecho internacional que promueven el género como una construcción social, incluidas las nociones de “orientación sexual” e “identidad de género”.

La comisión cita, por ejemplo, al experto independiente de Naciones Unidas en la protección contra la violencia y la discriminación basadas en la orientación sexual y la identidad de género, quien ha escrito que el género es “la profunda experiencia interna e individual de género de cada persona, que puede corresponder o no con el sexo asignado al nacer”.

El reporte cita asímismo al fiscal de la Corte Penal Internacional, para quien el género no es una realidad biológica sino una “contrucción social” en relación a “roles, comportamientos, actividades y atributos de acompañamiento asignados a mujeres y hombres, y niñas y niños.”

El efecto legal de desechar la definición que dicta el Estatuto de Roma en lo que a género se refiere, sería el de consagrar en el derecho internacional el concepto de género como una construcción social. No simplemente dejaría abierta la posibilidad de poder definir el concepto en cuestión a la legislación local de cada país, como algunos pueden creer. Esto va mucho más lejos. Debido a la lógica elaborada en el informe de la comisión, la eliminación de la definición tendrá el efecto legal de definir el género a nivel del derecho internacional en general.



Es probable que la solicitud ponga controversia en la Asamblea General. A lo largo de los últimos dos años la comisión había dicho a la Asamblea General que en este nuevo tratado  no cambiaría ninguna de las definiciones establecidas en el Estatuto de Roma. Pero se han echado para atrás dada la intensa labor de presión por parte de los grupos LGBT.

Es más, la comisión pasa completamente por alto el hecho de que la mayoría de los países no consideran el género como una construcción social. De hecho, las entidades y organismos de la ONU citados por la comisión van más allá de las leyes de la mayoría de los países.

Hasta 2019, únicamente siete países permiten cambio de sexo basado sólo en la autoidentificación, esto según Amnistía Internacional, entidad pro-LGBT.

Puede leer:  El cofundador de Wikipedia afirma que la enciclopedia es ahora solo 'propaganda de izquierda'

Incluso en los casi 40 países en donde a los individuos pueden legalmente asumir una identidad diferente a su sexo biológico, hay restricciones en cuanto a quien puede hacerlo y bajo qué circunstancias.

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En la mayoría de estos países, el cambio de identidad sólo se permite después de una estudio  psiquiátrico de disforia de género o una operación quirúrgica para mutar la fisonomía sexual de un individuo. Además, algunos países requieren que éstas personas se divorcien de sus cónyuges y no permiten que quien tiene hijos cambie de género.

Entre el 28 de octubre y el 6 de noviembre está programado que el sexto comité de la Asamblea General revise el informe de la Comisión de Derecho Internacional, donde el nuevo tratado viene incluído

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The Center for Family and Human Rights (C-Fam). C-Fam was founded in the summer of 1997 in order to monitor and affect the social policy debate at the United Nations and other international institutions.

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