El Tribunal Europeo de Derechos Humanos de Estrasburgo condenó las medidas de Conte, y reafirmó la plena vigencia de la Declaración Universal de Derechos Humanos en Italia y sancionó su jurisdicción también en suelo italiano tras los gravísimos abusos perpetrados por el Gobierno en 2020.
Por tanto, los intentos de imposición forzosa de la mascarilla a través de DPCM (normas de segundo nivel) u ordenanzas autonómicas (normas administrativas) no contradicen solo el decreto-ley 125/2020, el artículo 85 de los TULPS y la ley 152/1975, sino también Ley 848/1955, Ley 881/1977 y Ley 145/2001 (todas las normativas de primer nivel).
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