El 26 de julio de 1874 Carlos VII promulgó un Real Decreto por el cual se creaba la Diputación Catalana. En él se concedían amplias facultades políticas y administrativas y en un modo concreto y permanente las siguientes atribuciones:
- La fijación de impuestos, contribuciones y tributos en el territorio del Principado.
- La contratación y realización de empréstitos.
- Jurisdicción sobre los Ayuntamientos de Cataluña.
- Nombramiento de funcionarios civiles.
- Organización de la Guardia Foral.
- Fallo sobre toda clase de expedientes administrativos y contenciosos.
- Organización del servicio postal y telegráfico; mejora y fomento de las carreteras; sostenimiento e inspección de Hospitales; higiene pública.
- Instrucción pública.
- Creación de una Audiencia Territorial y demás organismos subalternos para la Administración de la Justicia.
Aunque se haya querido desautorizar la promulgación de este Real Decreto -como Robert Vallverdú en El tercer carlisme a les comarques meridionals de Catalunya (1872-1876), que la considera una cuestión insignificante- u promulgación significó un gran paso dentro del contexto económico y social de Cataluña. Por desgracia el desarrollo de la guerra impidió su completa culminación. A pesar de esto, su trascendencia dentro del contexto histórico debe tenerse en cuenta. ¿Por qué fue tan significativa su creación? ¿Qué sentido tenía establecerla?
El motivo de la promulgación estaba condicionado a las dificultades que había en pagar los sueldos pactados a los soldados, y para poder saldar los gastos propios de la guerra. Hasta ese momento, el ejército carlista dirigido por Alfonso Carlos de Borbón y Austria-Este, había conseguido el dinero de los ayuntamientos de los pueblos conquistados. A su vez existía el pillaje. ¿Qué significa esto? Muchas veces las recaudaciones conseguidas no llegaban a la Tesorería General Carlista, sino que eran repartidas entre los soldados que habían participado en la acción. Esto provocaba un descontrol en la hacienda carlista.
No todos los soldados cobraban con la regularidad que era necesario, porque no existía una legislación efectiva y equitativa. A todo esto, hay que añadir otro factor. El gobierno del Estado continuaba cobrando los impuestos establecidos con anterioridad a la guerra. Lo cual producía una sangría económica muy importante en el pueblo catalán, el cual se veía en la obligación de pagar un doble tributo. Como ejemplo leamos las palabras de María de las Nieves de Braganza, esposa de Alfonso Carlos de Borbón:
“La palabra triste del día como lo había sido muchas otras veces era: No hay dinero para pagar la gente. Hubo a menudo atrasos de paga, se puede decir la mar de retrasos, que se debían a nuestros pobres valientes, que bizarrísimos, continuaban a sacrificar sus vidas, a arrastrar las fatigas y privaciones, que estas últimas debían ser grandes como se comprende estando a cada momento sin paga. Se hablaba del sueldo de dos pesetas, pero muchas veces no consistían que en un huero sonido. La fatalidad quiso que mientras para los últimos trimestres, los precedentes a nuestra vuelta, pudo el Intendente tener hasta algunas contribuciones adelantadas, no pudo cobrar a la fecha nada de los impuestos que debían pagar los pueblos; es decir de todo aquello que no había cobrado el gobierno de la República; y esto que estábamos al día 8 (ocho) del segundo (IIdo.) trimestre; llegábamos al 9 de aquel y no apareció no un ochavo de lo que más tarde debía tener en manos el 1ro. de Mayo. Ya en Vich ordenó Alfonso al Intendente de pagar a los soldados y no paraba en reclamárselo, pero la contestación que daba la misma: No hay dinero”.
Alfonso de Borbón creía que la única solución para restablecer el orden e impedir el descontento del pueblo catalán, era a través de una reglamentación que impidiera el pillaje y la instauración de unos cánones idénticos para todo el Principado. Es por eso por lo que el 17 de mayo de 1874 hizo llegar la general Rafael Tristany, comandante General del Principado, una circular donde le daba instrucciones de cómo debía organizarse la Diputación Catalana. La circular fue escrita en Cal Cavaller de Vidrà, que era el cuartel general del bando carlista. En el apartado segundo se puede leer:
“Se creará la Diputación de Cataluña, con personas de conocida y comprobada adhesión a nuestra bandera, la que establecida en un punto céntrico y seguro, en cuanto sea posible, se ocupe con asiduidad de cuanto exija la autoridad civil, administrativa y judicial, siendo su principal objeto la recaudación de contribuciones del Principado sin inmiscuirse, ni tener atribución alguna en lo militar, pudiendo únicamente nombrar al lado del intendente del Ejército Interventor y un Tesorero para que cada uno ejerza las funciones anejas a su destino. Dicha Diputación reorganizará la administración del modo que juzgue más conveniente, siendo responsable de que todo el dinero que se recauda, sea entregado a la Real Intendencia, y que nunca falten recursos para el suministro de las tropas Reales, para las demás obligaciones anejas a aquella que deberá vigilar y dar cuenta de la inversión; para lo cual los dependientes de la administración pasaran mensualmente revista de comisario, a todas las fuerzas activas y pasivas por medio de las listas nominales correspondientes en que consta el alta y baja ocurrida y motivada de una a otra revista”.
El anuncio oficial sobre la creación de la Diputación Catalana se hizo el 1 de octubre de 1874. Se nombró a Rafael Tristany Parera como presidente; Juan Mestre Tudela como vicepresidente. Fueron nombrados vocales José de Solá Morales, Francisco Javier Sitjar, José de Maciá, Joaquín de Roca Figuera y José Corona Cuenca y de Panisello. Desde el 1 de noviembre de 1874 hasta el final de la guerra, se imprimió en San Joan de les Abadesses el Boletín Oficial del Principado de Cataluña, en el cual se notificaban las disposiciones aprobadas por la Diputación Catalana.
Alfonso de Borbón tuvo gran interés que empezara a ser efectiva lo antes posible. El motivo era su partida de Cataluña al Maestrazgo. Deseaba que, a su marcha, la Hacienda catalana funcionara como un reloj. Asimismo, era su intención, una vez instalado en el Maestrazgo, crear una Diputación en el Reino de Valencia.
Se nombraron recaudadores, los cuales se encargaron de recoger las cantidades establecidas para cada pueblo. Se hizo hincapié a los Ayuntamientos que en ninguna circunstancia se debía entregar ese dinero a personas ajenas a la Diputación, pues de hacerse, los pagos resultarían nulos. Asimismo, se estableció un nuevo sistema de correos y estafetas, para restablecer el caos existente en Cataluña, pues era problemática la correspondencia entre las provincias catalanas y el resto del Estado.
Con todo esto se pretendió la independencia administrativa de Cataluña, pues Alfonso Carlos de Borbón pensaba que “si hay que se baten por Dios, Patria y el Rey, hay también autoridades y personas que atienden a sus intereses y que desean y saben organizar los servicios públicos para obtener sólo por recompensas su adhesión y su confianza a fin de lograr lo uno y los otro”. María de las Nieves de Braganza reitera los motivos de su marido en sus memorias:
“Alfonso tenía gran prisa de ver establecida la mencionada Diputación, cuya organización era su inmenso empeño por causa de las grandes ventajas que no podían faltar de resultar para la Hacienda Real. Se fijo de escoger como miembros a propietarios que por su disposición y su comprobada honradez gozaban de la plena confianza del país, apartando todo temor de que los fondos de ella fuesen malgastados. Uno de estos propietarios debía ocuparse de la entrada de los impuestos y cuidar que se pagasen las contribuciones a su debido tiempo, lo que como se vio por lo pasado dejaba mucho que desear; debiendo ser esta la ocupación principal de la Diputación. Era bastante fácil de cumplir con ella, y de vigilar a su exacto cumplimiento, obteniendo que todo anduviese como debía. Sería esto un gran alivio para el Intendente General, sobrecargado siempre de trabajo cansado de luchar, a menudo infructuosamente, para alcanzar a su debido tiempo o a lo menos aproximadamente de éste el debido dinero. Como ya lo repetí varias veces necesitaba tanto más el pago exacto de las contribuciones que de la provincia de Gerona (aquella que más rica era), no podía contar que con pocas entradas y a veces con ninguna, pero sí con gastos. Todo esto debía cortarse de raíz con la mencionada Diputación porqué Alfonso estaba decidido de hacer ejecutar con el mayor rigor las órdenes dadas a este respecto. El Intendente General D. Francisco Solá deseaba ardientemente ver establecida dicha Diputación, puesto que, a pesar de su celo incansable, la tarea tan difícil que tenía propasaba sus fuerzas, y sólo su adhesión a la causa le impedía de renunciar a tan penoso empleo”.
Por consiguiente, si bien se ha querido ver en la creación de la Diputación Catalana las bases del nacionalismo catalán, o el reconocimiento, por parte del Carlismo, de unos derechos perdidos en el 1714, en realidad su creación fue un acto de necesidad dentro del descontrol existente en la estructura económica y social catalana. Con ella se pretendió establece unas normas, aplicables a todo el territorio catalán, con las cuales se conseguiría desfrenar una caótica situación, la cual no aportaba estabilidad ni al ejército carlista ni al pueblo de Cataluña.
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