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Análisis

El Sr. Urkullu, los fueros vascos y el Carlismo

Los fueros reclaman un régimen corporativo, de representación social no partitocrática, y son, por su propia naturaleza, incompatibles con la democracia liberal.

El pasado 16 de septiembre el lendakari Urkullu propuso en unas declaraciones la recuperación del régimen foral vascongado abolido en 1839, tras el Convenio de Vergara, para “resolver el denominado problema vasco”. Sus palabras dieron lugar a una profusión de artículos de prensa y comentarios, que son todo un homenaje a la ignorancia, los tópicos y la mentecatez: que los fueros son anacrónicos, que constituyen un privilegio inaceptable, que suponen un atentado contra la unidad nacional, e incluso, como en el demencial artículo firmado por Fernando Palmero en El Mundo, que los carlistas, por los fueros, llegaron a “empuñar las armas y asesinar a los vecinos”, refiriéndose irónicamente a ello como “”lucha heroica de gudaris, capaces de renunciar a la vida propia para entregarla a causa tan sagrada, dirán los etarras no arrepentidos”.

No entro ahora en las implicaciones que en la actual situación política de España tiene la reclamación foral del lendakari vasco, ni en su oportunidad o intenciones. Pero si traigo a colación una serie de reflexiones y datos históricos que ayuden a formarse un juicio sobre la polémica desatada:

-Los Fueros vascos, como los de otras regiones españolas, fueron leyes de origen consuetudinario. Sus fuentes eran los usos y costumbres del pueblo, reducidas a escrito (no todos los usos y costumbres lo fueron) y reconocidas o sancionadas por el rey, que se comprometía a respetarlos. De ellos dice Alfonso X el Sabio: “ca si el fuero es como conviene e de buen uso e de buena costumbre ha tan gran fuerza que se torna como en ley porque mantiene los homes, e viven unos con otros en paz e justicia”.

– Los Fueros nacen de la manera de ser de un pueblo, no de la concesión graciosamente otorgada por un señor. Son un “ius”, no una “gratia”. Como señaló el historiador Palacio Atard, se basan en un pacto originario de carácter “aeque-principal”, parte del proceso federativo de la unidad nacional, no en una mera unión accesoria. Los Fueros nunca se opusieron a la unidad nacional ni a la unidad de la Monarquía, sino que fueron, por el contrario, parte de su constitución histórica, haciendo posible la unidad en la diversidad (de un Imperio en cuyas fronteras no se ponía el sol).

-Los Fueros vascos no existieron nunca como tales, sino que existieron los del Señorío de Vizcaya y los de las provincias de Guipúzcoa y Álava, regidos cada uno por normas propias. Los intentos en las Conferencias conjuntas celebradas entre 1840 y 1876 de crear un organismo común del Señorío y las dos provincias fracasaron, en parte por el maximalismo vizcaíno. La restauración de los fueros solicitada por el Sr. Urkullu conllevaría, si se restauraran, la desaparición de ese ente de invención aranista llamado Euzkadi.

-Los fueros tradicionales del Señorío de Vizcaya y las provincias vascongadas fueron suprimidos definitivamente en la Ley abolitoria de 1876, promovida por Cánovas del Castillo en un clima de cierto revanchismo tras el final de la Tercera Guerra Carlista. Años después, el propio Cánovas escribía sobre los Fueros: “Instituciones semejantes querríalas yo comunicar si fuera posible al resto de España. Las libertades locales de los vascongados, como todas las que engendra y crea la historia, aprovechan a quienes las disfrutan y a nadie dañan, como no sea que se tome por daño la justa envidia que en otras excitan”.

No deja de ser curioso que se consideren anacrónico los fueros porque su última vigencia data de 1839, y que ello se haga en nombre de los principios democráticos liberales y la concepción de la nación-estado, que datan de la Revolución Francesa de 1789. La creencia de que las cosas son mejores o peores porque son más o menos nuevas es simplemente una estupidez. Hay principios jurídicos que proceden invariablemente del Derecho Romano. La Constitución no escrita del Reino Unido mantiene normas vigentes desde hace siglos.

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-Los Fueros, en cualquiera de sus rangos (municipales o regionales) son expresión de la soberanía social y la legitima autarquía de los cuerpos sociales intermedios, que son previos al estado. No constituyen, por tanto, ninguna forma de privilegio, sino que forman parte del derecho natural de las entidades infrasoberanas.

El restablecimiento del verdadero foralismo comportaría necesariamente, por ello, el reconocimiento del principio de subsidiariedad, y habría de traducirse en el reconocimiento de la autonomía municipal, de las corporaciones profesionales, de las universidades, de la libertad de los padres para constituir centros educativos o elegir la educación de sus hijos etc. Los fueros reclaman un régimen corporativo, de representación social no partitocrática, y son, por su propia naturaleza, incompatibles con la democracia liberal.

La supresión unilateral y revanchista del régimen foral -primero del catalán y valenciano y después de los Fueros vascongados- por parte de la importada democracia liberal y centralista, con su concepción nacionalista revolucionaria del nuevo “patriotismo constitucional”, causó un trauma tremendo en esas regiones, que a largo plazo se encuentra en el origen de los separatismos actuales. “En política -como también señaló Palacio Atard- los errores pasan siempre factura”.

No confiamos en las intenciones del Sr. Urkullu cuando invoca desde sus posiciones liberales el restablecimiento de los Fueros, pero tampoco nos tragamos las sandeces que hemos tenido que oír a propósito del carácter de los mismos, ni renunciamos a la defensa encendida que el Carlismo hizo siempre de ellos como expresión de la verdadera democracia que rigió en la Monarquía tradicional española, mil veces superior a la actual partitocracia, que ese si que es el verdadero cáncer que amenaza la unidad nacional.

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