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Los expertos de la ONU se extralimitan en sus funciones sobre las relaciones entre personas del mismo sexo

Por  Rebecca Oas, Ph.D.

(C-Fam) El comité de expertos que supervisa el cumplimiento del tratado de la ONU sobre los derechos de la mujer ha comunicado a Sri Lanka que el país debe despenalizar las conductas sexuales entre mujeres del mismo sexo. Los defensores de los homosexuales dicen que la comunicación es una “decisión histórica”.

El Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer, o Comité CEDAW, revisa el historial de derechos humanos de los países que han ratificado el tratado conocido como CEDAW.  Como ocurre con todos los tratados multilaterales de derechos humanos de la ONU, el texto del tratado en sí es vinculante, pero difícilmente aplicable a los países que lo han ratificado. Las obligaciones incluyen someterse a revisiones periódicas del comité asociado al tratado.  Sin embargo, las comunicaciones del organismo del tratado, como la emitida a Sri Lanka, no son jurídicamente vinculantes, ni remotamente, y desde luego no son una “decisión” histórica ni de otro tipo.

Se trata de la disposición del código penal de Sri Lanka que califica de delito el “coito carnal contra natura”.  La ley se refería anteriormente solo a los hombres, pero se modificó en 1995 con un lenguaje más inclusivo que incluía también a las mujeres. Los parlamentarios de Sri Lanka estaban considerando la posibilidad de derogar la ley, pero la aplicaron a ambos sexos.

El comentario del Comité de la CEDAW, y la queja que lo motivó, se centró en el impacto de la ley de Sri Lanka sobre las lesbianas y no sobre la actividad homosexual en general. Se argumentaba que las lesbianas sufrían una discriminación especial en comparación con otras mujeres.

El gobierno de Sri Lanka dijo que, aunque la ley sigue en vigor, las recientes sentencias del Tribunal Supremo han sostenido que encarcelar a adultos con consentimiento es inapropiado.

La mujer que presentó la queja ante el Comité de la CEDAW, descrita como una lesbiana que “se viste con lo que se considera un atuendo “masculino” y usa el pelo corto”, no fue detenida ni acusada de violar la ley.  Más bien, argumenta ella, la ley es particularmente discriminatoria contra las lesbianas “por las formas de discriminación que se intersecan como mujeres y como minorías sexuales”.

El texto de la CEDAW no contiene referencias directas a las lesbianas, la homosexualidad ni las minorías sexuales, y su uso para crear nuevas categorías de protección de los derechos humanos en estos ámbitos es controvertido y no tiene el apoyo de los estados parte del tratado.  No obstante, el Comité de la CEDAW ha usado sus comunicaciones para promover dicha norma en numerosas ocasiones, especialmente en las dos últimas décadas.

Desde 2015, el Comité de la CEDAW ha presionado a los países sobre cuestiones relacionadas con la orientación sexual y la identidad de género en el 58% de sus observaciones finales después sus revisiones periódicas.  Otros organismos de supervisión de tratados, cuyos respectivos tratados tampoco incluyen referencias a la orientación sexual o la identidad de género, se han excedido igualmente en sus mandatos.

El Comité de la CEDAW fue el primero de los organismos de expertos asociados a los tratados de derechos humanos de la ONU que presionó a los países para que modificaran sus leyes sobre el aborto a mediados de los años 90, otra cuestión muy cuestionada que no se menciona en el propio tratado.  Desde 2015, la presión del Comité de la CEDAW a los países en relación con el aborto se ha ampliado a más del 80% de sus revisiones.  En su última sesión, que concluyó a finales de febrero, se presionó a cada uno de los ocho países examinados para que despenalicen el aborto, amplíen los fundamentos jurídicos en los que está permitido o lo hagan más accesible, refiriéndose a las restricciones al aborto como “una forma de violencia de género contra las mujeres”.

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