El BOE de hoy, 25 de mayo de 2022 publica el indulto que el Gobierno ha concedido a María Sevilla, la expresidenta de la Asociación Infancia Libre, que fue condenada por un delito de sustracción de menores a dos años y cuatro meses de prisión y a cuatro años de inhabilitación de la patria potestad.
Así pues, María Sevilla para a engrosar el número de mujeres condenadas que finalmente se “van de rositas” solo por el hecho de ser mujer. Cabría preguntarse si este tipo de actuaciones pudieran suponer una discriminación por razón de sexo, ya que a los hombres condenados en la misma situación nunca se les indulta.
Si el gobierno se dedicara a indultar a todos los españoles por algún tipo de delito por los que no indulta a inmigrantes, todos los medios hablarían de discriminación. ¿Por qué razón no se aplica el mismo criterio cuando se indulta a las mujeres por este tipo de delitos y no a los hombres?
Evidentemente vivimos en una época en la que con la introducción del derecho de autor se condena solo por el sexo, y no en atención a los hechos delictivos realizados. Si el hecho lo realiza un varón, merece la máxima repulsa social y la máxima condena, sin posibilidad de indulto. En cambio si el mismo hecho lo realiza una mujer, muchas veces no se condena, y finalmente, si un juez cumplidor de las normas condena, los Gobiernos de turno (de derechas o de izquierdas) corren en su socorro y las indultan.
Este tipo de comportamientos, desde luego, están produciendo una fuerte tensión en la sociedad y están dando carta de naturaleza a algo que no debiera existir: la misoginia cada vez más extendida en nuestra sociedad.
Desde altas instancias están empeñados en la guerra perpetua entre hombres y mujeres y su alejamiento cada vez mayor y parece que lo están consiguiendo.
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