Connect with us

Hi, what are you looking for?

Tradición VivaTradición Viva

Análisis

¿Es realmente necesaria una mención expresa al antigitanismo en el Código Penal?

Blanca Martín Ríos, Universidad Loyola Andalucía

La Ley Integral para la Igualdad de Trato y la No Discriminación, más conocida como Ley Zerolo por haber sido promovida por el socialista Pedro Zerolo, ha sido ratificada por el Pleno del Congreso al haberse aprobado una enmienda que modifica el Código Penal para castigar expresamente el antigitanismo.

El pasado 26 de mayo se materializó en el Congreso, con el apoyo de todos los grupos parlamentarios y la única abstención de VOX, el primer paso para que el Código Penal sea reformado en un doble sentido: incluyendo expresamente el antigitanismo como circunstancia que agrava la pena (artículo 22) y contemplándolo, asimismo, como delito autónomo de odio (artículo 510).

Esta noticia ha sido recibida con entusiasmo por asociaciones romaníes, quienes han reivindicado una mayor visibilidad de este colectivo, fuertemente estigmatizado, que en sus 600 años de presencia en España ha sido objeto de discriminación.

Es de justicia poner de relieve la generalizada exclusión sufrida por este sector de la población que soporta, en numerosas ocasiones, la desconfianza, la ignorancia y la segregación. Resulta, sin duda, necesario atender las legítimas reivindicaciones de un colectivo que denuncia la comisión de frecuentes ataques a su dignidad.

Pero, no obstante, es también imprescindible armonizar la existencia de una motivación que puede ser justa y bienintencionada con el uso de una técnica que resulte jurídica y técnicamente correcta.

Incorporación expresa del antigitanismo

La aprobación de esta propuesta pretende, en consecuencia, la incorporación explícita del antigitanismo como circunstancia agravante de la responsabilidad en el artículo 22 y como delito de odio en el artículo 510 del Código Penal. No puede obviarse, sin embargo, que ambos artículos incluían ya una mención a la etnia como causa de discriminación o motivación delictiva.

Actualmente, las circunstancias previstas en estos dos preceptos de nuestro texto penal hacen alusión a causas de discriminación genéricas: ideología, religión o creencias, etnia, raza o nación, sexo, orientación o identidad sexual o de género, enfermedad o discapacidad. Aun siendo cierto que cada una de estas causas es susceptible de mayor concreción, hemos de plantearnos si ello sería necesario y si resultaría, además, conveniente.

La etnia, en particular, es una categoría que puede reputarse lo suficientemente amplia como para resultar aplicable, por supuesto, a los casos en que se cometiera un delito contra una persona debido a su condición gitana. En definitiva, no creemos que sea necesario incluir expresamente esta circunstancia para poder otorgarle una protección suficiente y adecuada.

No pretendiéndose, por tanto, alcanzar un mayor espectro de protección, pareciera que el fin último de su hipotética incorporación al Código Penal consistiría en dotar de una mayor visibilización a este colectivo.

Reivindicación de grupos históricamente discriminados

No debe ocultársenos, sin embargo, que no es función del Derecho Penal reivindicar grupos históricamente discriminados, sino ampararlos frente a posibles atentados contra sus bienes jurídicos básicos, como pudieran ser el honor o la dignidad.

Advertisement. Scroll to continue reading.

TE NECESITAMOS: Google nos ha censurado la publicidad por ser peligrosa nuestra información. Somos un espacio de análisis lejos de los dogmas de la corrección política por lo que puedes  colaborar haciendo una DONACIÓN (pulsando aquí)

Desde un punto de vista legal, esta defensa no se ve modificada ni ampliada por el hecho de que se mencione expresamente el antigitanismo, que ya goza de perfecto encaje en la redacción actual de estos artículos dentro del concepto genérico de etnia.

Puede leer:  ¿Se pretende sustituir al PSOE por Ciudadanos y al PP por VOX?

Existe en este ámbito, como en otros muchos, una fuerte tensión entre el cumplimiento de una adecuada técnica legislativa y el miedo potencial a que la oposición a una determinada reforma pueda interpretarse como una falta de apoyo a un colectivo considerado vulnerable, con las posibles consecuencias electorales que esto pudiera acarrear.

En este sentido, y siendo necesario respetar la corrección legislativa de nuestro Código Penal, sería deseable, sin embargo, promover medidas efectivas que permitan acabar con la discriminación de la sociedad gitana.

No cabe duda de que las demandas del pueblo gitano son tan comprensibles como necesarias para despertar conciencias y eliminar notorias injusticias. Tampoco de que debe fomentarse el diálogo entre distintas culturas y civilizaciones, acercando posturas y promoviendo el respeto mutuo.

Pero es evidente, en la misma medida, que para el logro de todo lo anterior no debe recurrirse, desde luego, al Derecho Penal, último recurso del estado. El mayor conocimiento de la cultura gitana o el fomento de la confianza en las instituciones por parte de este sector de la población son pasos necesarios que deben alcanzarse recurriendo a otras instancias, aunque posiblemente se trate de medidas siempre más costosas y, desde luego, menos rentables políticamente.

Blanca Martín Ríos, Profa. Dra. Derecho Penal, Universidad Loyola Andalucía

Este artículo fue publicado originalmente en The Conversation. Lea el original.

COMPARTE:


EMBÁRCATE EN LA LUCHA CONTRARREVOLUCIONARIA: Si quieres defender la cristiandad y la hispanidad, envíanos tus artículos comentando la actualidad de tu país hispano, o colaboraciones sobre la fe católica y la cultura, así como reseñas de libros, artículos de opinión… Ya superamos las 12.000.000 de páginas vistas anualmente en todo el mundo, únete a nuestro equipo de voluntarios y difunde la verdad compartiendo en redes sociales, o remitiendo tus colaboraciones a redaccion@tradicionviva.es . Puedes seguirnos en Telegram: t.me/tradicionviva / Facebook: @editorial.tradicionalista / Twitter: @Tradicion_Viva / Youtube: youtube.com/c/tradicionvivaTv / Suscríbete a nuestro boletín digital gratuito, pulsa aquí.

TE NECESITAMOS: Somos un espacio de análisis lejos de los dogmas de la corrección política; puedes colaborar haciendo una DONACIÓN (pulsando aquí)

Advertisement. Scroll to continue reading.

TE NECESITAMOS: Google nos ha censurado la publicidad por ser peligrosa nuestra información. Somos un espacio de análisis lejos de los dogmas de la corrección política por lo que puedes  colaborar haciendo una DONACIÓN (pulsando aquí)

Foto del avatar
Written By

The Conversation es una fuente de noticias y análisis escritos por la comunidad académica e investigadora y dirigida directamente a la sociedad.

Click to comment

También puedes comentar con facebook:

Leave a Reply

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Boletín Gratuito

Reciba gratuitamente en tu correo la selección de artículos del editor.
Advertisement

DESTACADOS

El nuevo orden mundial (NOM)

Historia del carlismo

Advertisement

Actualidad

Ayer, 9 de mayo, día de Europa, tuvo lugar en el Aula Magna de la Universidad CEU San Pablo (C/ Julián Romea, 23, Madrid)...

Videos

El editor recomienda Nueva querella, por apropiación indebida, contra Begoña Gómez Día de la madre ... católica. Rancheras para que Pedro Sánchez VÍDEOS: Los...

Opinión

La reforma del art. 49 de la Constitución, además de abrir la Caja de Pandora de la reforma constitucional, supone la consagración constitucional de...

Opinión

El Poder Judicial no es una administración pública más, como querría el sanchismo, sino uno de los tres poderes básicos en todo Estado de...

Advertisement

Copyright © 2024. Creado por la Asociación Editorial Tradicionalista - redaccion@tradicionviva.es Revista de historia, actualidad y análisis tradicionalista. Editada en Madrid (Spain). Fundación: 2010. - ISSN 2253-8569 - Director: Carlos Pérez- Roldán Suanzes. Director honorario: Jose Antonio Pérez- Roldán y Rojas. TradicionViva.es un espacio de resistencia civil que pretende crear estados de opinión, análisis y debate en donde las imposiciones políticas no existen. Garantizar esta libertad de pensamiento depende de ti, querido lector. Por ello te pedimos que difundas nuestra publicación, y colabores remitiéndonos artículos y estudios que no tienen cabida en otros medios de comunicación.