(Una entrevista de Javier Navascués).-
P. Custodio Ballester. Sacerdote desde 1998. Coadjutor en la parroquia de San Sebastián de Badalona. Licenciado en Teología Fundamental. Preparando en la Facultad de Teología de Cataluña la tesis dirigida por el Dr. Miguel Navarro, de la Facultad de Teología San Vicente Ferrer de Valencia: “Benedicto XIII, el papa Luna: La defensa de su legitimidad a través de su obra”.
¿Por qué una tesis doctoral sobre Benedicto XIII, más conocido como el Papa Luna?
Como decían los clásicos, Historia Magistra Vitae, la historia es maestra de la vida. El 23 de mayo de 2023 se celebrará con cierta solemnidad el 600 aniversario de la muerte de D. Pedro Martínez de Luna -abandonado de casi todos- en el castillo de Peñíscola. Y sería una lástima que estando en un momento histórico parecido en tantas cosas al momento en que vivió nuestro Papa Luna, desechásemos la lección de historia que él nos ofrece. La Iglesia está en un momento sumamente convulso, en el que tampoco faltan los sedevacantistas, es decir los que consideran ilegítima la elección del pontífice. Y proliferan además aquellos dispuestos a romper la unidad de la Iglesia o los que están preparados para toda clase de cambalaches con las herejías, dicen que para salvaguardar la unidad eclesial.
En este aspecto es apasionante la apología que hace Benedicto XIII del “Estado de derecho” en la Iglesia; es decir del respeto riguroso al Derecho Canónico en algo tan esencial como la elección del Sumo Pontífice. El papa Luna fue uno de los protagonistas de lo que se ha venido a llamar el Cisma de Occidente cuando, tras el exilio de los papas en Aviñón, mediatizados por el rey de Francia, el ansiado retorno a Roma de Gregorio XI en 1377 se convierte en un fiasco. La turbulenta elección de Urbano VI (1378) lleva a que los mismos cardenales que lo escogieron declaren nulo el cónclave, depongan al papa y unánimemente elijan a Clemente VII, cuyo sucesor fue Benedicto XIII, el papa Luna. Al no aceptar Urbano VI la decisión, surgirá entonces un cisma no doctrinal, sino jurisdiccional, que durará la friolera de casi cuarenta años, con dos papados: en Roma y Aviñón.
¿Cuáles han sido las principales fuentes que ha utilizado en su estudio?
En primer lugar, los escritos del mismo Benedicto XIII, todos ellos editados por el jesuita Franz Ehrle a principios del siglo XX. En primer lugar, el Tractatus domini nostri Pape super subschismate contra eum per cardinales facto (Tratado de nuestro señor el papa sobre el subcisma hecho contra él por los cardenales), escrito poco después de su elección en Aviñón en 1394. En ese momento, las presiones del rey de Francia provocan que gran parte de los cardenales electores lo abandonen y el papa Luna permanezca sitiado en el palacio pontificio varios años hasta que, con la ayuda del rey Martín el Humano, puede huir en 1403 y dirigirse hacia Roma para entablar conversaciones con Gregorio XII. Cuando éstas fracasan, cardenales de las dos obediencias se reúnen en Pisa en 1409, deponen a los dos papas y eligen a un tercero en discordia: Alejandro V. La cristiandad se convierte entonces en tricéfala.
Para responder a este nuevo desafío a la maltrecha unidad de la Iglesia el papa Luna escribirá De novo subschismate: Tractatus domini Benedicti, pape XIII, contra concilium Pisanum (Sobre el nuevo sub-cisma: tratado del señor Benedicto, papa XIII, contra el concilio de Pisa).
Sin embargo, Benedicto XIII no se detiene en los contraataques (documentos de réplica a los hechos cismáticos que se están produciendo en la Iglesia y luego la traición del rey de Aragón), sino que aborda la doctrina general al respecto, fuera de las contingencias del momento, pero con la clara idea de reafirmar su legitimidad única como papa. Por ello, escribe su Tractatus de Concilio Generali (“Tratado sobre el Concilio General”), donde establece la doctrina canónica sobre la naturaleza eclesial de los concilios (obviamente los ha de convocar la Iglesia en la persona del papa, no los príncipes de este mundo, por muy cristianos que sean). La doctrina católica es expuesta por Benedicto XIII con sencillez y firmeza.
Finalmente, visto como el reino de Aragón en la persona de Fernando de Antequera abandonaba su obediencia en 1416, publicó Super horrendo et funesto casu obediencie pape subtracte in Regno Aragonie (Sobre el horrendo y funesto caso de la obediencia sustraída al papa en el Reino de Aragón). En él reconviene al rey con afabilidad, pero con firmeza y le insta a volver a la obediencia de aquel que es el único y verdadero papa.
¿Qué es lo que viene a demostrar su tesis?
Lo primero que demuestra no precisamente mi tesis, sino la del papa Benedicto XIII es que su destitución como papa y su excomunión (1417) en el concilio de Constanza (mecanismo definitivo para excluirlo no sólo del papado, sino también de la Iglesia) adolecieron de defectos tan graves contra el Código de Derecho de la Iglesia, que incurrían en absoluta nulidad. No sólo eso, sino que el sometimiento de la Iglesia al poder político tiene consecuencias gravísimas: Sería el emperador Segismundo el que engañará a Juan XXIII, sucesor de Alejandro V, con la falsa promesa de reconocerle como único pontífice, para que convoque un concilio en Constanza que acabará con la deposición de los tres -Juan XXIII, Gregorio XII y Benedicto XIII- y la elección de Martín V como papa indiscutido. Lección de rigurosa actualidad en este momento en que el poder político intenta influir en la Iglesia en la forma más peligrosa: antes imponiendo concilios, ahora obligándole a sancionar doctrinas que llevan a su destrucción. Es la forma más peligrosa de intromisión del poder político en la Iglesia: la pretensión de que ésta abrace las doctrinas del mundo.
Por lo tanto, ¿no habría duda sobre la legitimidad del Pontífice?
El mismo Benedicto XIII lo argumenta perfectamente: la elección de Urbano VI en Roma (1378) bajo la presión del populacho romano, que amenazaba la integridad física de los cardenales, si no elegían “un papa romano o al menos italiano”, está totalmente fuera del derecho de la Iglesia. El mismo cardenal Giacomo Orsini se negó a votar una vez iniciado el cónclave, alegando falta de libertad.
El problema es que algunos dicen que aceptando la nulidad de la línea sucesoria de Urbano VI quedaría también fuera del derecho su línea sucesoria (Bonifacio IX, Inocencio VII y Gregorio XII), a no ser que se quiera legitimar (aunque sólo sea por una vez) la elección papal bajo la presión de la violencia.
¿Por qué el papa Luna ha estado tanto tiempo en el ostracismo?
Es un tema muy delicado aún ahora. Parece evidente que, si se han legitimado las sucesiones papales a partir de una elección obtenida mediante la violencia, la línea sucesoria de los papas quedaría en entredicho: con lo cual, lo más práctico es echar tierra encima del papa caído y de su excomulgada memoria, a fin de eludir el espinoso tema de la legitimidad de la línea sucesoria papal. Sería muy duro reconocer, tras tantas excomuniones, que la legitimidad del pontificado romano vendría dada por el sucesor del Papa Luna, Clemente VIII, que acabó abdicando (1429) y convocando inmediatamente un cónclave que eligió a Martín V, el papa del concilio de Constanza. Ese fue el fin del Cisma de Occidente.
¿Por qué es importante rehabilitar hoy la figura del Papa Luna?
Yo diría que lo más importante en este caso, no es rehabilitar la figura del Papa Luna, sino darles total vigencia a sus argumentos de legitimidad a fin de rehabilitar el Derecho Canónico tal como conviene. Especialmente en un momento, el de hoy, en que sufrimos la tentación de laminarlo cada vez más, hasta abandonar irresponsablemente la seguridad jurídica. Una seguridad que con tanto celo cultivó la comunidad eclesial desde que se dio una organización tan resistente, y que sirvió de modelo a los Estados que fueron creándose en Europa.
¿Percibe en la Iglesia un interés real en hacerlo?
Pues no lo veo claro, la verdad. Esto es como las fichas de dominó: cae una y hace caer a todas las demás. En este caso, la rehabilitación del primer Benedicto XIII (el Papa Luna), supondría la revisión de bastantes más cosas que fueron ligadas a su inhabilitación. Y no brillan en estos momentos los ambientes eclesiales por su afición al estudio y al trabajo. La Agenda 2030 se lo come todo… se diría que hoy, en ciertos mentideros eclesiásticos, no hay tema más importante que la legitimación de la homosexualidad y cosas por el estilo.
¿Cuál fue su aportación a la Iglesia al defender el Código de Derecho canónico?
Bueno, no es precisamente que podamos hablar de ninguna aportación del Papa Luna en este sentido; más bien hemos de referirnos justamente al empeño que pusieron los cardenales de la época en menospreciar el Derecho Canónico para lograr la unidad a cualquier precio (hoy es sobre todo la doctrina la que se está dispuesto a sacrificar por preservar la unidad); lo cual le ha representado a la Iglesia un alto costo no sólo en la elección papal, sino en muchos otros capítulos, creando entre los miembros jerarquizados de la Iglesia una inseguridad jurídica que le pasará factura, del mismo modo en que la inseguridad jurídica de los Estados les está pasando factura a efectos económicos y sociales.
¿Por qué hoy en día es importante reflexionar sobre esto, al estar puestas en tela de juicio la Doctrina y el Derecho?
Hoy es vital reflexionar sobre lo que está ocurriendo con la antigua seguridad jurídica de todos los miembros de la Iglesia, empezando por la del mismo papa y terminando en el más humilde cura o el último bautizado. Tenemos hoy un ejemplo de cómo a cuenta de los abusos de pederastia y del delito de encubrimiento del que fue acusado injustamente hasta Benedicto XVI; a cuenta de todo esto, y para dar satisfacción a los que pedían urgentemente respuestas ejemplificantes, a cuenta de todo eso se ha ido laminando el Derecho Canónico hasta límites peligrosísimos.
Y resulta que no es muy distinto esto, del roto que se le hizo al derecho eclesiástico, como tan brillantemente explicó Benedicto XIII, en lo que a elección del Sumo Pontífice y a la convocatoria del concilio se refiere: por querer arreglar mediante atajos extra-jurídicos e incluso antijurídicos una cuestión, la del Cisma, que no se podía resolver -como se hizo finalmente y con muy buena intención, eso sí- por el método expeditivo de saltarse el Derecho Canónico. Aún nos falta ver hoy cómo se resolverá la disidencia de los que se opongan al tremendo sacrificio de la doctrina, que seguirá al empeño por acomodar la doctrina católica a las propuestas heréticas y mundanas de una parte de la clerecía. Tremendo sacrificio en el altar de la unidad de la Iglesia. Corremos el riesgo de que defender la ortodoxia basada en el Evangelio, el Magisterio y la Tradición, es decir, ir contra la corriente dominante, se convierta en el peor delito de un católico. El remedio al cisma puede acabar siendo mucho peor que la enfermedad.
Y es que, desde siempre, la misma Madre la Iglesia -afirmará dolorosamente el “excomulgado” papa Luna en su testamento- por todas partes miserablemente es combatida por las infructuosidades externas de las persecuciones y los conflictos interiores de los vicios. A la vista está la perenne verdad que acompaña a la comunidad eclesial a lo largo de los siglos…. Sin embargo y a pesar de todo, el anciano pontífice expresará su confianza de que quien nos eligió para este ministerio nunca abandona a la Iglesia, su esposa, sino que siempre la gobierna e instruye, y a vosotros, fieles padrinos (cardenales y eclesiásticos leales), os confía su custodia en los conflictos de las presentes guerras, para que, siendo él mismo quien la dirige, si se presenta el caso, la conservéis y entreguéis sin mancha al verdadero Esposo.
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